Las EFS: Misión, estructura, mandato y diferentes modelos de EFS

Modelos y características de las EFS

Las EFS pueden pertenecer a una de tres categorías amplias de organización según la estructura institucional y el sistema de rendición de cuentas dentro del contexto de un determinado país, a saber, el modelo de Westminster, modelo de juntas, modelo colegiado, modelo de tribunales o judicial (también llamado modelo napoleónico). Cada modelo presenta características distintivas en el alcance de las tareas de auditoría, la ejecución de las facultades de las EFS y sus relaciones con el legislativo. La Tabla 1 enumera las características de cada modelo de EFS.

Modelo de EFS

Westminster

Junta/Colegiación

Tribunal/Judicial

Cabecera

Auditoría General (AG) o Contraloría general (CG)

Presidente

Presidente/Primer Presidente

Estructura organizativa

Monocrática

Auditoría General o Contraloría General

  • Todos los derechos, facultades y responsabilidades están en manos de las AG/CG
  • Estructura jerárquica

Colegiada

  • Miembros independientes con libertad para elegir las metodologías de trabajo y enfoques de auditoría
  • Las decisiones son tomadas por los colegios, una junta de miembros, o ambos

Colegiada

Cortes de Cuentas y Tribunales de cuentas

  • Los miembros independientes son también jueces que pueden imponer sanciones.
  • Por lo general, cada juez es responsable de los cuerpos específicos auditados, porque las responsabilidades de auditoría son menos centralizadas.

Sistema de rendición de cuentas

Parlamentario

  • Las EFS son auxiliares del parlamento y no pueden imponer recomendaciones de auditoría directas sobre el ejecutivo.
  • El legislativo autoriza el gasto; las oficinas gubernamentales gastan y producen cuentas anuales. Las EFS auditan la ejecución de los gastos autorizados, e informan de ello al legislativo o a la comisión parlamentaria competente.

Parlamentario

  • Las EFS son auxiliares del parlamento y no pueden imponer recomendaciones de auditoría directas sobre el ejecutivo.
  • El legislativo autoriza el gasto; las oficinas gubernamentales gastan y producen cuentas anuales. Las EFS auditan la ejecución de los gastos autorizados, e informan de ello al legislativo o a la comisión parlamentaria competente.

Judicial

  • La EFS es un tribunal de justicia dotado de poderes cuasi-judiciales en materia administrativa, que le permite imponer sanciones o recomendaciones sobre los funcionarios auditados.
  • El legislativo autoriza el presupuesto anual; los contadores públicos son responsables de que los gastos sean adecuados y de preparar los estados financieros anuales, que las EFS luego auditan e informan al parlamento.

Relaciones con el parlamento

  • Vínculos estrechos con la comisión parlamentaria competente, que obliga al gobierno o a los organismos públicos a rendir cuentas en base a los informes de la EFS.
  • Vínculos estrechos con la comisión parlamentaria competente, que obliga al gobierno o a los organismos públicos a rendir cuentas en base a los informes de la EFS.
  • Poca o ninguna relación con el parlamento. La EFS es parte del sistema judicial y funciona independientemente del ejecutivo y del legislativo.

Tipo de auditoría

  • Principalmente ex-post
  • Auditorías financieras
  • Auditorías de gestión
  • Auditorías de regularidad/cumplimiento también, aunque en menor grado
  • Auditorías financieras
  • Auditorías de gestión
  • Auditorías de regularidad/cumplimiento también
  • Principalmente auditorías de regularidad/cumplimiento con imposición de sanciones
  • Auditorías financieras
  • Auditorías menores de gestión (sin facultades de ejecución)

Informes

  • Informes al parlamento o comité parlamentario competente
  • Informes al parlamento o comité parlamentario competente
  • Informes al parlamento o al ejecutivo sobre la implementación del presupuesto estatal

Fortalezas

  • Garantías sólidas para asegurar la independencia de la Auditoría General/Contraloría General: no se remueve fácilmente del cargo (el despido requiere una ley del parlamento, a menudo de ambas cámaras); capacidad de nombrar su propio personal y de decidir sobre el programa de trabajo; elabora el presupuesto y depende directamente del parlamento.
  • Sistema de auditoría equilibrado e inclusivo en el que las EFS reflejan múltiples puntos de vista y las decisiones se toman por consenso, lo que ofrece frenos y contrapesos que evitan el abuso de la autoridad por los miembros de la junta.
  • Los miembros de la junta tienen la prerrogativa de decidir libremente sobre las metodologías de trabajo.
  • Garantías sólidas para asegurar la independencia de los miembros de los tribunales: nombrados por un término indeterminado (edad de jubilación prefijada) e independientes del poder legislativo.
  • Las auditorías de cumplimiento se pueden ver fortalecidas en contextos en los que otros mecanismos de control son débiles.

Debilidades

  • Riesgo de abuso de poder: es importante asegurar la integridad y la credibilidad de los directivos de las EFS. Debido a que el poder está bastante centralizado, la reputación de la institución depende mucho de las capacidades y cualificaciones del individuo a cargo.
  • Riesgos de susceptibilidad a interferencias políticas indebidas: los riesgos a menudo son bajos, dado que el director(a) de las EFS suele ser designado(a) por el Parlamento y no puede ser removido(a) fácilmente.
  • Aunque sean inclusivos, los procesos de toma de decisiones pueden ser lentos debido a la necesidad de consenso entre los miembros de la junta.
  • Dado que los miembros de la junta comparten las responsabilidades de gestión y pueden decidir sobre diversos enfoques de auditoría, las relaciones con las entidades auditadas pueden llegar a ser difíciles y plantear inquietudes en cuanto a la calidad del trabajo de las EFS cuando hay disenso entre los miembros.
  • Riesgos de susceptibilidad a interferencias políticas indebidas: este riesgo puede surgir cuando el término de los miembros de la junta coincide con las elecciones generales; y el riesgo aumenta si un partido político tiene una posición dominante en el parlamento, dado que su partido puede ejercer influencia sobre las designaciones a la junta de las EFS.
  • Los procedimientos de nombramiento por el parlamento y los términos de gestión relativamente cortos pueden impedir que los miembros del consejo alcancen altos estándares de trabajo, y eso incluso puede implicar la pérdida del conocimiento corporativo y debilitamiento del liderazgo cuando los mandatos se renuevan de forma simultánea.
  • Riesgo de uso indebido del poder y falta de independencia cuando las sanciones financieras fluyen hacia los tribunales (en lugar de volver a los presupuestos del gobierno central), especialmente en los casos de falta de recursos suficientes para satisfacer las necesidades operativas de las EFS.
  • La falta de participación parlamentaria puede dar lugar a un seguimiento limitado de los informes de los tribunales y poco debate público sobre sus hallazgos, reduciendo de este modo la apertura del proceso de rendición de cuentas.
  • El foco principal de las auditorías de cumplimiento no permite ver cuán bien se están manejando los recursos, aunque los modelos de EFS judiciales están comenzando gradualmente a llevar a cabo auditorías de rendimiento.

Ejemplos

  • Países anglosajones: Estados Unidos, Reino Unido, Canadá (la mayoría de los países del Commonwealth)
  • Países europeos: Irlanda, Dinamarca
  • Países latinoamericanos: Colombia, México, Perú, Chile
  • Suecia, Alemania, Países Bajos
  • Países asiáticos: Indonesia, Japón, República de Corea
  • Países latinoamericanos: Argentina, Nicaragua
  • Países europeos: Francia, Italia, España, Portugal, Rumania, Moldavia
  • Países latinoamericanos: Brasil, El Salvador
  • Turquía
  • Países de habla francesa en África y Asia

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Bibliography

TPA Initiative – ACIJ (2011): “Diagnostic Report on Transparency, Citizen Participation and Accountability in Supreme Audit Institutions of Latin America”

TPA Initiative – ACIJ (2013): “Audit Institutions in Latin America. Transparency, Citizen Participation and Accountability Indicators”.

Cornejo, C., Guillan, A. & Lavin, R. (2013): “When Supreme Audit Institutions engage with civil society: Exploring lessons from the Latin American Transparency Participation and Accountability Initiative”, U4 Practice Insight Nº5, Bergen, U4 Anti-Corruption Resource Centre - Chr. Michelsen Institute.

O´Donnell, Guillermo (2001): “Horizontal. Accountability: The legal institutionalization of mistrust”, Buenos Aires, PostdataN°6, pp. 11-34.

OECD (2013): “Citizen Engagement and Supreme Audit Institutions” (Stocktaking Report: DRAFT).

UN (2013): “Citizen Engagement Practicesby Supreme Audit Institutions”, Compendium of Innovative Practices of Citizen Engagementby Supreme Audit Institutions for Public Accountability.

INTOSAI (2013): “The Value and Benefits of Supreme Audit Institutions – making a difference to the lives of citizens”,ISSAI 12.

INTOSAI (2013): “Beijing Declaration”.

OLACEFS (2013): “The Santiago Declaration”.

INTOSAI (2010):“Principles of transparency and accountability”,ISSAI 20.

INTOSAI (2010):“Principles of Transparency and Accountability - Principles and Good Practices”, ISSAI 21.

INTOSAI (2007): “The Mexico Declaration on SAI Independence“, ISSAI 10.

OLACEFS (2009): “Asuncion Declaration”.

INTOSAI (1977): “Lima Declaration”.

UN (2011): Resolution A/66/209 “Promoting the efficiency, accountability, effectiveness and transparency of public administration bystrengthening supreme audit institutions”.

UN (2003): “United Nations Convention against Corruption”.